Fallo clave para preservar el debate democrático
En una decisión sin precedentes, la Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que la difusión de videos falsos durante campañas electorales —especialmente aquellos generados con inteligencia artificial o técnicas de montaje conocidas como deepfakes— constituye un acto de violencia electoral y, además, un delito previsto por el Código Electoral Nacional.
El caso que dio origen al pronunciamiento se remonta a 2021, cuando circularon en redes sociales dos videos falsificados del entonces precandidato a senador nacional por Córdoba, Mario Negri. En esas piezas manipuladas, se atribuía al legislador la supuesta admisión de haber financiado su campaña con dinero retenido a empleados legislativos. La información, según pudo comprobar la justicia, era completamente falsa. En realidad, se trataba de un montaje audiovisual en el que se utilizaban imágenes reales de entrevistas a Negri, pero combinadas con el audio de otra persona, descontextualizadas y manipuladas para simular una confesión inexistente.
La Cámara Nacional Electoral confirmó el procesamiento de la persona imputada, acusada de haber publicado esos contenidos en una página de la red social Facebook, en su rol de empleada de una empresa dedicada a la comercialización de espacios publicitarios en medios digitales. La imputación fue realizada bajo el artículo 140 del Código Electoral Nacional, que penaliza con hasta dos años de prisión a quien induzca al voto mediante engaños.
Pero más allá de este caso puntual, la Cámara señaló que este tipo de acciones trasciende el ámbito penal y afecta directamente el ejercicio de derechos humanos fundamentales. "La participación política libre exige condiciones mínimas de respeto, seguridad y veracidad en el debate público", sostiene la sentencia que está fechada el 15 de julio pasado. En los argumentos se observa que la difusión de información falsa —especialmente mediante métodos sofisticados como el uso de inteligencia artificial, perfiles falsos y bots— vulnera la libertad de expresión, e interfiere de manera directa en el derecho de los ciudadanos para votar y ser votados sin coacción ni engaños.
La resolución también advierte que esta modalidad de manipulación digital debe ser entendida como una nueva forma de violencia electoral. En ese sentido, explica que a diferencia de la violencia física o la intimidación directa, la desinformación digital opera de forma más sutil, pero no menos dañina porque distorsiona la percepción pública, impacta en el debate político y socava la confianza en el sistema democrático. En palabras del fallo, estas técnicas "configuran fenómenos de violencia electoral que distorsionan el debate público", especialmente cuando se articulan mediante el uso de algoritmos, motores de búsqueda, perfiles falsos y cuentas automatizadas (bots) que amplifican el alcance de los mensajes falsos.
La CNE menciona también como antecedente cercano la aparición de videos falsos creados con inteligencia artificial sobre Mauricio Macri y Silvia Lospennato, viralizados pocas horas antes de las elecciones legislativas del 18 de mayo pasado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En esos videos, falsamente se anunciaba que la diputada Lospennato retiraba su candidatura en favor de un adversario político, lo que generó confusión en el electorado. Tanto Macri como Lospennato desmintieron públicamente el contenido, y sus apoderados presentaron denuncias formales ante la Justicia electoral.
Estos ejemplos confirman la necesidad de abordar legal y éticamente el uso de tecnologías digitales en los procesos electorales. Sobre ese tema, la Cámara Nacional Electoral advierte que las democracias competitivas no pueden desarrollarse en ambientes contaminados por la desinformación. En este punto, es importante remarcar que el pluralismo político, la libertad de opinión y la diversidad de fuentes informativas son pilares de un sistema democrático saludable, y deben ser protegidos de los intentos de manipulación.
Por otra parte, el fallo recuerda la existencia de recomendaciones internacionales sobre la necesidad de proteger a los candidatos —especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad— de cualquier forma de violencia, incluida la simbólica o mediática. En este sentido, la sentencia también tiene una dimensión preventiva, ya que llama a los partidos, plataformas digitales y organismos del Estado a implementar mecanismos eficaces para detectar, denunciar y sancionar la desinformación electoral.
La sentencia de la Cámara Nacional Electoral sanciona un acto concreto de manipulación informativa y establece un precedente clave en la lucha contra la desinformación electoral. Reconoce que la violencia política puede adoptar formas sofisticadas y digitales, y que es deber del Estado y la Justicia garantizar que el debate público se desarrolle en un entorno libre, transparente y veraz.









