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Entregan un certificado de defunción con la definición de víctima de lesa humanidad

Familiares de Carlos Tereszecuk recibieron el documento como parte de una reparación. El Registro de las Personas de Corrientes confeccionó el nuevo trámite.

En cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada por la jueza Federal N° 1 de Resistencia Zunilda Niremperger, el Registro de las Personas de Corrientes confeccionó un nuevo certificado de defunción de Carlos Tereszecuk, secretario del poder legislativo de Misiones, consignándose que su cuerpo fue rescatado de las aguas del Paraná y que se trató de un homicidio calificado como un crimen de lesa humanidad.

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Carlos Tereszecuk.

Se planteó como parte del acceso al Derecho a la Verdad y a la reparación a los familiares de Tereszecuk, la  esencial emisión un nuevo certificado de defunción, que de manera clara y precisa deje constancia del hallazgo del cuerpo en el rio Paraná – frete a la costa de Empedrado - , la causa de la muerte conforme la etiología médico legal: homicidio  y asimismo consignar que se trató de un crimen de lesa humanidad.

La decisión de reinscribir la defunción con las correcciones pertinentes se realizó con el objetivo de reparar en parte el daño causado en base al derecho a la verdad que les asiste a los familiares; a la par se ordenó la anulación del Acta de Defunción original del año 1976 .

Los familiares tanto hermanos como sobrinos recibieron una copia del nuevo certificado de defunción inscripto como Acta N° 41 Tomo N° 80 Folio N| 41 Año 2026 de la localidad de Empedrado.

La sentencia  

La jueza Federal N° 1 de Resistencia Chaco Zunilda Niremperger dicto a fines de 2025, una sentencia por el derecho a la Verdad considerando un crimen de Lesa Humanidad, el secuestro y el homicidio por razones políticas a principio de noviembre de 1976 de Carlos Tereszecuk.

El fallo reconstruyó que Carlos Enrique Tereszecuk, fue secuestrado los primeros días de noviembre de 1976, y llevado a la Jefatura de Policía de Resistencia, siendo alojado en un primer piso acondicionado como Centro Clandestino de Detención, que era dirigido por fuerzas conjuntas la Policía del Chaco y el Ejército Argentino.

Se estableció que fue asesinado y arrojado su cuerpo al Rio Paraná, de donde fue rescatado el 14 de noviembre de 1976, en la costa de Empedrado Corrientes -ubicada a 70 kilómetros rio abajo de Resistencia, donde fue sepultado en una tumba NN e identificado en 2018 por el Equipo de Antropología Forense EAAF.

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Arrojamiento de cuerpos al Paraná

La Sentencia estableció que el arrojamiento de cuerpos al Paraná fue una práctica sistemática del terrorismo de Estado y detallando patrón común en las características de las   ejecuciones    y las condiciones de los   hallazgos con cuerpos desnudos, atados con alambres en manos y pies, con disparos de ejecución en el pecho o el cráneo, con la yema de los dedos cortados para obstaculizar su individualización y con un corte importante en el abdomen para intentar que no flotaran.

La reconstrucción

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